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Queja, denuncia administrativa y denuncia penal en odontología (3). Cómo presentarte ante CONAMED.

Actualizado: 25 sept 2025



En el ámbito profesional de la odontología, los mecanismos de queja, denuncia administrativa y denuncia penal tienen un papel complementario.


  • La queja busca conciliar.

  • La denuncia administrativa pretende corregir y sancionar irregularidades profesionales.

  • La denuncia penal se activa cuando la conducta reviste gravedad jurídica.






En términos generales, estos mecanismos afectan —en mayor o menor grado— la vida cotidiana y profesional de los estomatólogos. Por ello, conocer estas vías no solo permite ejercer con mayor seguridad, sino también prevenir conflictos mediante una práctica ética, transparente y conforme a la normativa.


Sin embargo, el riesgo de ser objeto de alguno de estos procesos siempre existe. A continuación presentamos los elementos que el profesional debe prever y estar listo para presentar ante cada circunstancia y a este punto lo definimos en este artículo como: estrategias de acción.




1. Ante una queja en CONAMED (arbitraje médico, no juicio).


El objetivo es resolver el conflicto por la vía conciliadora y evitar que escale a instancias más severas. El odontólogo debe presentar:



  1. Expediente clínico completo y legible del paciente que incluya:


  • Consentimiento (s) informado (s)

  • Recetas.

  • Estudios

  • Notas de evolución.

  • Radiografías.

  • Estudios complementarios de acuerdo al tratamiento.


  1. Respuesta escrita a la queja que incluya:


  • Narración de los hechos desde la perspectiva profesional (una buena idea es apoyarse con los apuntes de las

    evolutivas, recetas y el expediente clínico en general, para ser cuidadoso en detalles y fechas).


  • Identificación oficial y, en su caso, carta poder o poder notarial si comparece un representante legal.


  • Documentación de respaldo, como protocolos seguidos, constancias de capacitación, certificaciones o membresías profesionales.


Tu estrategia al presentarte en CONAMED: debe estar orientada a demostrar que la atención se brindó conforme a la lex artis ad hoc (Buenas prácticas de la profesión, (para más información: revisa nuestro artículo sobre el tema en este mismo blog)) y mantener apertura para la conciliación.


2. Ante una denuncia administrativa (COFEPRIS, Secretaría de Salud, Colegio Profesional).


Aquí el enfoque es verificar el cumplimiento normativo y sanitario. El odontólogo debe contar con:


  1. Expediente clínico del paciente, obligatorio por la NOM-004-SSA3.


  1. Cédula profesional y títulos, que acrediten el ejercicio legal de la odontología.


  1. Licencia sanitaria o aviso de funcionamiento del consultorio.


  1. Protocolos internos y manuales de procedimiento, que evidencien el cumplimiento de la NOM-013-SSA2 (salud bucal) y demás disposiciones.


  1. Escrito de contestación, respondiendo de forma ordenada y puntual a cada punto señalado en la denuncia.


La autoridad revisará si existen faltas administrativas, como irregularidades en bioseguridad, esterilización, publicidad engañosa, o carencia de documentación oficial.


Tu estrategia administrativa no es confrontativa como en lo penal, ni conciliadora como en CONAMED:


Aquí lo que se busca es demostrar cumplimiento estricto de la normativa y, si hay observaciones, resolverlas con gran disposición y prontitud y transparencia para reducir sanciones.


RECOMENDACIONES:


  1. Documentar cumplimiento normativo.


  • Asegurarse de que el expediente clínico esté completo, foliado y con todos los elementos que exige la NOM-004-SSA3.


  • Exhibir cédula profesional, títulos y constancias de actualización, mostrando que se ejerce de manera legal y profesional.


  • Presentar licencia sanitaria o aviso de funcionamiento vigente y visible, ya que la falta de este documento suele ser motivo recurrente de sanción.


  • Mostrar protocolos de esterilización, bitácoras de control biológico, manuales de manejo de RPBI (Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos), ya que la autoridad pone mucho énfasis en bioseguridad.


  1. Responder con claridad y orden.


  • En el escrito de contestación, no entrar en confrontación directa sino responder punto por punto, aportando pruebas documentales que acrediten el cumplimiento.


  • Si existe un área de mejora o falta menor, mostrar disposición inmediata a subsanarla, lo que puede atenuar la sanción.



  1. Prevenir y mitigar riesgos.


  • Mantener actualizados protocolos y registros, porque la falta de evidencia documental pesa más que la falta misma de acción.


  • Evitar cualquier apariencia de publicidad engañosa o ilegal (por ejemplo, anunciarse como “especialista” sin contar con título de posgrado o incluir esos datos en las recetas o documentos legales).






3. Ante una denuncia penal (Ministerio Público, arts. 288–297 CPF o códigos estatales).



Aquí el nivel es mayor: puede haber sanciones económicas severas o incluso pérdida de la libertad. El odontólogo debe acudir con:



Abogado defensor, preferentemente con experiencia en responsabilidad médica.


Expediente clínico íntegro, que es la prueba principal de haber actuado conforme a la lex artis.


Declaración escrita y pruebas, como recetas, órdenes de estudios, consentimientos informados y registros de emergencias.


Dictámenes periciales, en caso de que el abogado lo considere necesario, para que un perito en odontología respalde la actuación profesional.


Documentación profesional completa: títulos, cédula, certificaciones y constancias de actualización.


En el ámbito penal, la estrategia principal es: demostrar la ausencia de dolo o negligencia grave, apoyándose en evidencia documental, técnica y pericial.



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